En el BOP nº 205 de fecha 24 de octubre de 2008 ha sido publicado el siguiente edicto del Ayuntamiento de Beniarrés:
“Formada por la intervención la cuenta general correspondiente al ejercicio 2007 e informada por la Comisión Especial de Cuentas en la sesión celebrada el 15 de octubre de 2008, y en cumplimiento de lo señalado en el artículo 212 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público por un plazo de quince días ,durante los cuales y ocho más, los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones
Beniarrés, 16 de octubre de 2008.
La Concejala delegada para la firma, Yolanda Calbo Moncho.”
Que es la Cuenta General:
La Cuenta General de un Ayuntamiento es el documento final de un ejercicio, sometido a la consideración del Pleno para su aprobación o no, y en el que deben aparecer todas y cada una de las entradas y salidas de dinero que ha habido durante ese año. Y no solamente eso, sino que justificando cada uno de esos movimientos contables debe existir un comprobante necesariamente adaptado a la normativa vigente.
“Formada por la intervención la cuenta general correspondiente al ejercicio 2007 e informada por la Comisión Especial de Cuentas en la sesión celebrada el 15 de octubre de 2008, y en cumplimiento de lo señalado en el artículo 212 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público por un plazo de quince días ,durante los cuales y ocho más, los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones
Beniarrés, 16 de octubre de 2008.
La Concejala delegada para la firma, Yolanda Calbo Moncho.”
Que es la Cuenta General:
La Cuenta General de un Ayuntamiento es el documento final de un ejercicio, sometido a la consideración del Pleno para su aprobación o no, y en el que deben aparecer todas y cada una de las entradas y salidas de dinero que ha habido durante ese año. Y no solamente eso, sino que justificando cada uno de esos movimientos contables debe existir un comprobante necesariamente adaptado a la normativa vigente.
Es decir, que la Cuenta General de cada ejercicio presupuestario es algo así como el TAC definitivo de la "salud económica" de un Ayuntamiento.
Conociendo la Cuenta General podemos saber si el Ayuntamiento ha cumplido con sus obligaciones contraídas (originales de facturas que se han pagado, listado de subvenciones concedidas, pagos efectuados por labores de mantenimiento en nuestras calles y plazas, por mejoras en las zonas públicas -polideportivo, piscina, Colegio, . etc.)
En la Cuenta comprobaremos también la relación de todo el personal que cobra del Ayuntamiento de Beniarrés: cuánto cobran y por qué conceptos.
Pero la Cuenta General no solamente nos informa de cómo ha gastado el dinero el Ayuntamiento, sino también nos aclara de dónde, y en qué cantidad lo ha recibido (relación de subvenciones y ayudas recibidas, relación de personas y entidades que pagamos nuestros impuestos y nuestra tasas; créditos bancarios que se han pedido, intereses que se pagan), etc. etc.; y además la Cuenta General demuestra si el uso que se le ha dado al dinero ha sido realmente aquel al que se comprometió cuando elaboró el Presupesto.
Toda esta información, entre otras, es la que conforma la Cuenta General. El manejo de los dineros públicos ha de cumplir inexcusablemente con los aspectos que la Ley regula para estos casos, y de ello ha de responsabilizarse quien firma cada uno de los movimientos que puede haber en un Presupuesto: el Alcalde y su Concejal de Hacienda.
Así pues, la Cuenta General es la documentación en la que se explica cuál es el estado económico del Ayuntamiento a 31 de diciembre. Refleja, entre otros datos, los siguientes:
- Dinero que tiene pendiente de cobrar el Ayuntamiento (deudores)
- Dinero que tiene pendiente de pagar el Ayuntamiento (acreedores)
- Valor del patrimonio municipal
Correspondiente a cada año, explica si se ha cumplido lo previsto en el presupuesto aprobado:
- Cuántos ingresos realmente ha habido (lo que se recibe de la Administración Central y Autonómica, lo que nos cobra a los vecinos, etc.), y a qué son debidos (fondo nacional, fondo autonómico, impuestos, subvenciones, etc.)
- Cuánto se ha gastado en cada servicio (limpieza viaria, jardinería, basuras...), y en las actividades que pueda promover (cultura, educación, alumbrado, administración...) distinguiendo si son gastos de personal, materiales, suministros, inversiones...
El Alcalde debe informar de la Cuenta General, primero, a los demás miembros de la Corporación y, después, debe someterla a información pública de todos los que estén interesados (vecinos de Beniarrés, deudores y acreedores...)
Los Concejales no sólo pueden ver los libros de contabilidad sino que, además, tienen derecho a ver los documentos que justifican cada cobro y cada pago (facturas, certificaciones de obras...) y cuantos otros consideren convenientes (extractos de las cuentas bancarias, cuentas del recaudador, etc).
En defintiva, puesto que el dinero es público, con la Cuenta General el gobierno municipal debe demostrar que se ha administrado correctamente.
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