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dijous, 15 de maig del 2008

Publicades les bases per a la selecció de personal de la Guarderia Municipal de Beniarrés

Huí dia 15 de maig ha eixit publicat al BOP nº 92 de la Província d’Alacant les bases per a la selecció de personal per a la Guarderia Municipal de Beniarrés.

Aquestes bases les teniu integres baix i al ací .

Sols assenyalar dues coses que va fent-se habitual al nostre Ajuntament i es que novament les bases les ha fet l’alcalde de Beniarrés per decret, es a dir sense consensuar-les amb la resta de les formacions polítiques que formem la corporació municipal de Beniarrés.

Un altre fet, el passat dia 9 de maig, es a dir 2 dies després de la signatura d’aquest decret, es va celebrar ple extraordinari i en cap moment l’alcalde de Beniarrés ni cap membre del Partido Popular va informar al plenari de que les bases per a la selecció de personal ja estaven redactades sense deixar participar a la resta de grups polítics. Així es fan les coses en la casa de tots.

El decret diu el següent (evidentment en castellà que es la única llengua que gasta la Diputació d’Alacant en les publicacions al BOP:
Por decreto de alcaldía número 59/08 de fecha 7 de mayo de 2008 el alcalde-presidente de la corporación ha resuelto aprobar las bases para la creación de 2 plazas de técnico en educación infantil y la formación de bolsa detrabajo, cuyo texto íntegro es el siguiente:

Bases bolsa de trabajo técnico en educación infantil.

Artículo 1.- Objeto de la convocatoria.

El objeto de las presentes bases, es la creación de 2 plazas de técnicos en educación infantil y la formación de bolsa de trabajo, que atienda a las necesidades temporales de personal de esta administración, y todo ello con pleno respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad previstos en nuestro ordenamiento jurídico.

La contratación de personal temporal solo podrá realizarse con personas incluidas en las bolsas de trabajo vigentes en cada momento para cada categoría. La convocatoria y sus bases se publicarán en el boletín oficial de la provincia, y se harán públicas en el tablón de edictos de la corporación.

Esta plaza tiene las siguientes características:

- Técnico superior en educación infantil.
- El sistema de selección elegido es el de concurso oposición.

Artículo 2.- Condiciones de los aspirantes.
Con carácter general, y sin perjuicio de las características que exijan las distintas modalidades contractuales, para ser admitidos en la correspondiente convocatoria será necesario que los aspirantes reúnan los siguientes requisitos, referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias:

a. Pertenecer a cualquiera de los estados miembros de la unión europea, con conocimientos suficientes en lengua castellana, debiendo realizarse la correspondiente prueba de dominio de la lengua castellana, en caso de no ser español.

b. Tener cumplidos 18 años de edad.

c. Estar en posesión como mínimo del módulo superior en educación infantil o equivalente o titulación superior.

d. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio del estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales, no hallarse inhabilitado ni suspenso, para el ejercicio de funciones públicas.

f. No estar afectado por ninguno de los motivos de incompatibilidad contenidos en la ley 53/1984, de 26 de diciembre, referida al personal al servicio de las administraciones públicas o comprometerse en su caso, a ejercer la oportuna opción en el período de tiempo que prevé el artículo 10 de la disposición legal señalada. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado, el acceso a la función pública

Artículo 3.- Forma y plazo de presentación de instancias.
Las instancias conforme al modelo recogido en estas bases se dirigirán al presidente de la corporación, presentándose en el registro general del ayuntamiento, durante el plazo de 10 días hábiles, contado a partir del siguiente al de publicación en el boletín oficial de la provincia.

Los interesados harán constar en la instancia los méritos, para su valoración, que reúnan de los que puntúan en el proceso selectivo, según lo señalado en el anexo específico; adjuntando los documentos acreditativos de los mismos, no admitiéndose la alegación ni justificación de méritos con posterioridad a la presentación de la instancia. Aquellos méritos alegados y no justificados debidamente no serán valorados.

A la instancia se acompañará necesariamente junto con los documentos acreditativos de los méritos alegados, fotocopia del D.N.I o pasaporte en vigor.

Artículo 4.- Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, por la alcaldía presidencia se dictará resolución en el término máximo de 10 días hábiles, declarando aprobada con carácter provisional la lista de admitidos y excluidos e indicando en su caso la causa de exclusión. En dicha resolución que deberá publicarse en el boletín oficial de la provincia y en el tablón de anuncios de la corporación, se concederá un plazo de diez días hábiles para la presentación de subsanaciones.

Una vez examinadas las que se hubieran presentado, se publicará la relación definitiva de admitidos en dicho boletín oficial. También se determinará y publicará el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y en su caso el orden de actuación de los aspirantes. De no presentarse ninguna reclamación se considerará definitiva la inicialmente publicada.

La publicación en ese boletín determinará el comienzo de plazos y efectos de posibles impugnaciones y recursos.

Artículo 5.- Tribunal calificador.
- Presidente: secretaria ayuntamiento de Beniarrés / sustituto: secretario del ayuntamiento de Muro de Alcoy.
- Secretario/a: funcionario ayuntamiento de Beniarrés / sustituto: secretaria del Ayuntamiento de la Alquería de la Comtessa.
- Vocales: secretaria ayuntamiento de Gaianes / sustituto.: Luis Vilaplana Blasco; secretario del ayuntamiento de Lorxa- Planes / sustituta: Lourdes Domínguez Moltó; Óscar Reig Tomás / sustituta: Mónica Jordá López.

El presidente y los vocales actuarán con voz y voto. El secretario actuará con voz y sin voto.

La abstención y recusación de los miembros del tribunal será de conformidad con el artículo 28 y 29 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común.

Artículo 6.- Proceso de selección.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificada y libremente apreciada por el tribunal, perdiendo todos sus derechos aquel aspirante que el día y hora de la prueba no se presente a realizarla. El tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su identidad.

Con la publicación de la relación de admitidos y excluidos, con la suficiente antelación, se publicará en el boletín oficial de la provincia y en el tablón de anuncios de la corporación el lugar, día y hora de celebración del primer ejercicio.

Una vez comenzados los procesos selectivos, no será obligatoria la publicación de sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el boletín oficial. En dicho supuesto, estos anuncios deberán hacerse públicos por el tribunal en los locales en que se haya celebrado la prueba anterior con una antelación de 12 horas, al menos, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de uno nuevo.

Artículo 7.- Fase concurso-oposición.

- Oposición ejercicio práctico: Consistirá en la resolución de un supuesto de carácter práctico, relacionado con el desarrollo de una situación que pueda darse en el ámbito de una guardería infantil.

Sólo y exclusivamente los aspirantes que superen la fase de oposición pasarán a la siguiente fase. (50 puntos).

- Concurso: meritos y entrevista personal: Se valorarán los méritos alegados y justificados documentalmente, con arreglo al baremo establecido. La puntuación máxima en la fase de concurso será de 40 puntos

Entrevista personal relacionada con el puesto a cubrir: 10 puntos.

Concurso: Méritos:

1. Experiencia (30 puntos): Por cada mes completo de servicios en la administración pública en categoría igual o similar al puesto convocado: 0,75 puntos/mes. Para la justificación del trabajo desarrollado se aportará certificado de tiempo trabajado y de funciones asignadas al puesto ocupado.

Por cada mes completo de servicios prestados en la empresa privada en categoría igual o similar a la del puesto convocado: 0,50 puntos/mes. Para la justificación del trabajo desarrollado se aportará certificado de tiempo trabajado y de funciones asignadas al puesto ocupado.

La puntuación se computará proporcionalmente al tiempo realmente trabajado en los supuestos de contrato a tiempo parcial.

2. Formación (10 puntos):

Los cursos de formación y perfeccionamiento profesional se valorarán siempre que se encuentren relacionados con la plaza o puesto al que se opta, de duración igual o superior a 20 horas y sólo se valorarán los que se organicen u homologuen por entidades, instituciones o centros públicos,
acreditándose mediante los títulos o certificados de la asistencia y superación del curso, así como la impartición de los mismos, bien en documento original o mediante fotocopia cotejada o compulsada.

La puntuación de los cursos será del siguiente modo:
- Cursos de duración igual o superior a 300 horas: 2.5 puntos.
- Cursos de 100 a 299 horas: 2 puntos.
- Cursos de 30 a 99 horas: 1 punto.
- Cursos de 20 a 29 horas: 0.5 puntos.
- Certificados manipulación de alimentos o carnet de manipulador específico 2 puntos.
- Valenciano: el conocimiento de valenciano se acreditará mediante certificado expedido u homologado por la junta qualificadora del valencià, con arreglos a la siguiente escala.:
- Grado superior 2 puntos.
- Grado medio 1.5 puntos.
- Grado elemental 1 punto.
- Conocimientos orales 0.5 puntos.

3. Entrevista personal (hasta 10 puntos):
Consistirá en la realización de una entrevista personal para valorar la actitud profesional del aspirante, que se puntuará de 0 a 10.

Artículo 8.- Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Realizadas las valoraciones el tribunal elevará a la autoridad convocante, ordenada de mayor a menor por las puntuaciones obtenidas, y cuando proceda, propondrá el correspondiente nombramiento.

Los aspirantes propuestos aportarán ante la administración, dentro del plazo de tres días naturales desde que se publican en el tablón de edictos del ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

La resolución del nombramiento será adoptada por la alcaldía a favor de los aspirantes propuestos por el tribunal, quines deberán tomar posesión en el plazo máximo de 5 días a contar desde e día siguiente aquel en que se les notifique el nombramiento

Artículo 9.- Bolsa de trabajo.
Se constituirá una bolsa de trabajo por orden de puntuación, con aquellos aspirantes no seleccionados para cubrir las plazas ofertadas, para posibles provisiones temporales como contratados laborales que pudieran producirse en un futuro.

Artículo 10.- Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la ley 30/1992 de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo.

Anexo solicitud.

Solicitud bolsa de trabajo técnico de educación infantil.
A -. Datos de la persona solicitante.
Apellidos y nombre: …
Domicilio: …
C. Postal: …
Localidad: …
Provincia: …
Teléfono: …
C. Electrónico: …

B -. Exposición
Que está enterado del contenido de las bases que rigen la convocatoria correspondiente a la bolsa de trabajo, para las plazas de técnico en educación infantil en el ayuntamiento
de Beniarrés.
Que conoce las bases que rigen la referida convocatoria que acepta plenamente
Que reúne todos los requisitos establecidos en las citadas bases, siendo su interés participar en el proceso selectivo que regulan las mismas.

C -. Solicita
Tomar parte en las pruebas selectivas de la convocatoria antes reseñada.

Declara
Que los datos facilitados a continuación, requeridos para tomar parte en dicha convocatoria, son ciertos.
D.- Documentación aportada relativa a los méritos.
………
Beniarrés…, … de … de …

Firma: …

Los datos personales contenidos en este impreso podrán ser incluidos en un fichero para su tratamiento por el Ayuntamiento de Beniarrés, en el uso de las funciones propias que tiene atribuidas en el ámbito de sus competencias, pudiendo dirigirse a este órgano para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, según lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (B.O.E. número 298, de 14 de diciembre de 1999)

Beniarrés, 7 de mayo de 2008.

El Alcalde, Luis Tomás López.
*

2 comentaris:

Beniarres al dia ha dit...

Sincerament , crec que 10 dies per a poder presentar les solicituts és molt poc temps, quan ja l'ajuntament sap a principis de l'any que va a obrir la guarderia en setembre i en cap moment s'han publicat aquestes dues places en l'oferta de treball de l'ajuntament

Anònim ha dit...

Feta la llei feta la trampa. Aquestes places està n adjudicades abans d'hora. Ja voreu com acaba a la guarderia algun amic o familiar dels membres del PP a Beniarrés. Ja va passar amb l'escola d'estiu quan varen adjudicar a dit les places dels monitors. Ara passarà el mateix segur, perquè no coneixen altra manera de fer les coses: amb AMIGUISME, TRÃFIC D'INFLUANCIES I EL CACIQUISME MÉS RANCI propi de fexxxxxxxxx i coxxxxxxxxx.

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